La evaluación de la muerte de George Floyd: un camino hacia la cordura

Un hombre en el suelo, una rodilla cortando su respiración, y un grito de ayuda mientras suplica por su vida. Este el primer cuadro de la imagen. Un hombre de color yace en el suelo, sometido con fuerza excesiva por cuatro policías blancos hasta su muerte. Su nombre era George Floyd.

   El caso de George Floyd ha inundado las redes sociales y ha hecho arder en protestas al “país de la libertad”. Miles de ciudadanos han salido a las calles buscando justicia, no solo para Floyd, sino para ellos mismos, para sus hijos, para sus hermanos, para todos.

   Las grandes palabras que mancharon la historia de Estados Unidos, resuenan con fuerza en las protestas. La vergüenza pasada cae pesadamente sobre el país y la voz de millones se alza al unísono. Una voz que grita: racismo.

   Desafortunadamente, no podemos decir que el caso de Floyd es único en su tipo. Sucede después de que el mundo ha sido testigo de imágenes aterradoras de un policía blanco disparando a Tamir Rice, un niño afroamericano con una pistola de juguete; las heridas y muerte de Freddie Gray; el tiroteo a Michael Brown, John Crawford III, Jerame Reid, Jamar Clark, Laquan McDonald, Akai Gurley, entre tantos otros; así como después del estrangulamiento que acabó con la vida de Eric Garner.

   Las dos preguntas en la mente de todos, ¿cómo llegó Estados Unidos a esta situación? y ¿qué se puede hacer para corregir y prevenir la aparición de nuevos casos como el de Floyd? En mi mente hace eco la famosa frase de Peter Drucker, “lo que no se evalúa, no se puede mejorar”.

   La evaluación, por sí sola, no doblará voluntades, cambiará percepciones o corazones, ni generará unidad o hará que las personas vean más allá del color de piel. Vamos, la evaluación no es magia, pero francamente es un buen punto de partida. Como cuando nos perdemos en el camino y regresamos sobre nuestros pasos para conocer el punto exacto de la desviación; es tiempo de que Estados Unidos regrese y se cuestione profundamente en qué momento perdió el rumbo.

   Es momento de que el país que dio origen a la Nueva Gestión Pública, una transición sin igual hacia una nueva forma de hacer gobierno caracterizada por gestionar para resultados, recuerde que su objetivo fue fortalecer a los organismos públicos y mejorar el efecto de su acción, en beneficio de los ciudadanos y la sociedad (BID, 2007).

  Evaluar las políticas públicas significa emprender el camino hacia la cordura. Evaluar es tomar el tiempo de valorar el desempeño de la acción gubernamental e identificar los puntos críticos a atacar. Es establecer objetivamente las causas detrás de los efectos y emplear estrategias, acciones y recursos, orientados a rediseñar y modificar aquellos elementos perfeccionables.

  ¿No es exactamente esto lo que se necesita en el caso de George Floyd? Meter el freno de mano y evaluar las leyes y los protocolos de actuación de las fuerzas policiales en el país. Asegurar a los ciudadanos, sobre bases sólidas, que se hará todo lo posible por evitar otro caso similar.

   En este punto, es necesario reconocer dos cosas. La primera, es que el caso de George Floyd es solo el último entre numerosos nombres que aún resuenan en nuestra memoria. Lo segundo, es que existen problemas estructurales derivados del establecimiento de un marco jurídico y político. Es decir, existe una arquitectura institucional que ha desarrollado un sistema, en donde los cuerpos policiales se desempeñan con reglas extraordinarias y diferenciadas al resto de las profesiones.

  Si bien es cierto que se necesita con urgencia cuerpos policiales con diversidad étnica y reforzar la capacitación y el entrenamiento psicológico para superar los dañinos estereotipos étnicos; es más necesario cambiar el sistema que hace posible que casos como el de Floyd sigan ocurriendo y, que la mayoría de las veces, queden impunes.

Derivado de lo anterior, te presento los cuatro temas que deberían someterse a una evaluación de políticas públicas, más allá del terreno común:

 

1. Definición nacional de uso de la fuerza.

Por increíble que parezca, no existe una definición nacional de lo que representa el uso de la fuerza en los cuerpos policiales, como reconoce el Instituto Nacional de Justicia (NIJ, por sus siglas en inglés) (National Institute of Justice, 2020). El NIJ cita a la Asociación Internacional de Jefes de Policía (IACP, por sus siglas en inglés) para definir el uso de la fuerza como “la cantidad de esfuerzo requerido por la policía para obligar al cumplimiento a un sujeto no dispuesto a cooperar” (Internacional Association of Chiefs of Police, 2001).

   Por el contrario, el uso de fuerza excesivo es definido como “la aplicación de una cantidad o frecuencia de fuerza superior, que aquella requerida para obligar al cumplimiento de un sujeto dispuesto o no dispuesto a cooperar” (Internacional Association of Chiefs of Police, 2001).

   Lo anterior representa una conclusión obvia. Mientras más se resista un sujeto a cooperar, mayor será la fuerza ejercida sobre el mismo. En la definición una cosa está clara: no se trata de una equivalencia entre la fuerza y la naturaleza del delito; sino una equivalencia entre la fuerza y la lucha de voluntades entre el policía y el sujeto. Esto permite al policía castigar la resistencia.

   El NIJ establece que la frecuencia en la cual un policía usa la fuerza, justificada o injustificadamente, es difícil de calcular y, además, reconoce que no existe una base de datos nacional de los oficiales involucrados en tiroteos o incidentes con uso excesivo de la fuerza (National Institute of Justice, 2020).

   Una evaluación de la definición del uso de la fuerza no solo es deseable, sino necesaria. La definición y delimitación del problema público es vital para establecer con certeza los límites en el actuar policial. Esto blindará a la ciudadanía y evitará malas prácticas al establecerse un estándar normado a nivel constitucional que, además, serviría para desmantelar la inmunidad calificada, mantén en mente este concepto, porque volveremos a él.

 

2. Protocolos homologados de actuación policial.

A la par de la falta de una definición unánime de lo que representa el uso excesivo de la fuerza, cada academia y agencia de policial puede decidir sobre qué protocolos de actuación están permitidos y cuáles no. Esto genera inconsistencias en el desempeño de sus elementos.

   Todos hemos sido testigos de la táctica policial conocida como restricción carótida aplicada a George Floyd durante más de ocho minutos, incluso mantenida después de la llegada de los paramédicos. La brutalidad de las imágenes nos hace cuestionarnos, qué les están enseñando a los policías y que tienen permitido en el ejercicio de sus funciones.

   A raíz de la tragedia acontecida el 25 de mayo, muchas agencias están evaluando sus políticas e incluso algunas, como San Diego, están prohibiendo los estrangulamientos, como el que resultó en la muerte de Eric Garner, y las restricciones carótidas como la causante de la muerte de George Floyd.

   El establecimiento de protocolos homologados de actuación policial a nivel nacional permitía la evaluación de las acciones, lo que obligaría a volver a andar el camino recorrido y, a la luz de los hallazgos, ofrecer recomendaciones significativas que generen los cambios necesarios para lograr los resultados esperados.

   Actualmente cada estado, por derecho constitucional, tiene libertad para decidir sobre sus protocolos y políticas de actuación policial. Sin embargo, la creciente lista de nombres en el patrón de uso excesivo de la fuerza contra afroamericanos, obliga a replantear este escenario y transitar a uno, donde la prioridad sea salvaguardar la integridad de las poblaciones a las que los cuerpos policiales han jurado proteger y servir.

 

3. Protecciones legales especiales.

En los años ochenta, la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos reformó el mecanismo de inmunidad calificada, abriendo una escotilla de escape para que los funcionarios públicos esquiven demandas federales de derechos civiles.

  Los servidores públicos solo pueden ser responsabilizados ante tribunales, si los demandantes demuestran que sus derechos civiles “claramente establecidos” fueron violados. El truco está en las palabras “claramente establecidos” ya que, de acuerdo con la Suprema Corte, la ley “claramente establecida” debe ser particularizada a los hechos del caso.

   Como resultado, los funcionarios de gobierno que son llevados a juicio solo pueden ser encontrados culpables de un delito, cuando el tribunal federal de apelaciones o la Suprema Corte ya ha declarado a alguien culpable de violar exactamente la misma conducta, en exactamente las mismas circunstancias (Institute for Justice, 2020).

   Este fue el caso de la demanda de la familia Corbitt al oficial de policía Michael Vickers en 2019. Cuando el oficial intentó matar al perro de la familia y terminó disparando a su hijo de tan solo diez años de edad. Invocando la inmunidad calificada, no procedió la demanda en la corte federal. La Undécima Corte del Circuito de Apelaciones dictaminó que el oficial, “al disparar intencionalmente al perro e involuntariamente al niño, no violó ningún derecho claramente establecido en la Cuarta Enmienda” (Sibilla, 2019).

   Imaginemos lo difícil que sería que exista un caso exactamente igual de un policía demandado, por haber disparado a un niño al intentar matar a su perro. Este sistema de protección legal debe ser evaluado y reformado, en orden que se favorezca la rendición de cuentas y la aplicación adecuada de la ley.

   A la par de la inmunidad calificada, los fiscales de distrito o locales, son quienes imputan los cargos a los policías. Sin embargo, existe un conflicto de intereses, ya que los fiscales dependen de los policías para conducir las investigaciones, es decir, son colabores.

   Generalmente los agentes de policía son sancionados internamente, en raras ocasiones con el peso proporcional de la ley por sus acciones, debido a la protección excesiva de sus miembros, en aras de no desprestigiar a la institución.

   Ejemplo de ello, el oficial de policía, Derek Chauvin, que aplicó la restricción carótida a George Floyd. Este oficial tenía 17 reportes de mala conducta, incluidos tres tiroteos, uno de los cuales fue fatal. Otro penoso ejemplo, los seis oficiales que participaron en el asesinato de Freddie Gray en Baltimore. Todos fueron enjuiciados, con cargos que van desde mala conducta hasta asesinato en segundo grado. Tres oficiales fueron absueltos y el fiscal de distrito retiró los cargos contra los otros tres. Cinco de los oficiales enfrentaron cargos departamentales por violar políticas y descuidar sus deberes, pero solo dos recibieron una sanción menor y todos fueron reasignados a sus puestos. (Tyler, Luban, & Driscoll, 2020)

    La evaluación del marco jurídico, a través del cual los policías son disciplinados y responsabilizados por sus acciones, es un elemento fundamental para reducir y eliminar los incentivos de actuación parcial. Para erradicar casos como el de Floyd, es necesario suprimir el sistema que los hace posible. Por ello, la evaluación a los protocolos de actuación entre las oficinas de los fiscales y los departamentos policiales, los procesos legales para la sanción y rendición de cuentas y la designación de organismos imparciales de supervisión es vital.

 

4. Sobreprotección de sindicatos de policías.

Por último, los sindicatos son una parte importante de los problemas estructurales. La presión política y financiera que ejercen hace posible la existencia de leyes que bloquean el acceso público a los registros de quejas e investigaciones sobre los oficiales de policías, además de limitar el control sobre los procesos disciplinarios.

   Los contratos de los sindicatos incluyen cláusulas que permiten proteger a estos de potenciales consecuencias legales debido a mal comportamiento, entre las cuales se incluyen provisiones legales que limitan la extensión en la que son investigados y disciplinados.

   Claro ejemplo de ello, es el caso el tiroteo en donde murió Laquan McDonald. El sindicato hizo posible un acuerdo que abstenía a los policías involucrados de declarar durante de 24 horas. Mientras mayor es el tiempo transcurrido entre la comisión de hecho y las declaraciones, mayor es la probabilidad que los involucrados retroalimenten sus historias y se vinculen en orden de generar una coartada unánime. Recordemos que esto está plasmado en sus contratos.

   Asimismo, los expedientes de los policías son protegidos y clasificados como confidenciales por parte de los contratos sindicales. Una cosa es segura, mientras los registros no sean públicos, se seguirá obstruyendo el paso a la transparencia y la rendición de cuentas.

   Algunos estados están empezando a levantar el velo de secretismo. Ejemplo de ello es la enmienda de California a la Ley de Registros Públicos del primero de enero de 2019. Esta permite al público acceder a una limitada porción de los registros en casos de tiroteos o uso de la fuerza que resulte en muerte o grandes lesiones corporales, así como en casos de evidencia de abuso sexual o deshonestidad por parte de los oficiales de policía (Tyler, Luban, & Driscoll, 2020).

   La recomendación más solicitada por los reformistas es la resumida por los Abogados de Justicia Criminal de California. Estos proponen la creación de un organismo independiente de supervisión denominado Comisión de Justicia de California, para revisar las quejas de mala conducta y abuso policial, investigar casos, presentar cargos y procesar a los oficiales de la ley. Darle poder a un organismo civil independiente aseguraría una supervisión significativa, por lo que se debería evaluar su pertinencia a nivel nacional.

   Actualmente, la evaluación coadyuvaría al establecimiento de un estándar federal y uniforme de protocolos de actuación; la implementación de una norma nacional universal que homologue el uso y grado de la fuerza justificado; y abonaría a la transparencia y rendición de cuentas necesaria en los cuerpos policiales.

   De acuerdo con el NIJ, la fuerza letal está justificada solo en casos de defensa propia o en defensa de otros (National Institute of Justice, 2020). Ninguna de estas condiciones aplicaba para el arresto de George Floyd. Si Estados Unidos quiere avanzar con pasos firmes hacia el futuro, un cambio sistémico es necesario por medio de una reforma policial.

   A través de su pregón, las protestas han puesto en el ojo público una cosa: la necesidad de justicia. De cara a las elecciones presidenciales en noviembre de este año, las acciones que se tomen hoy, inclinarán la balanza en las votaciones.

 

Referencias:

  • BID. (julio de 2007). Modelo Abierto de Gestión para Resultados en el Sector Público. Obtenido de Banco Interamericano de Desarrollo (BID) & Centro Latinoamericano para el Desarrollo (CLAD): http://old.clad.org/documentos/otros-documentos/material-didactico-curso-bogota-2011/8.-modelo-abierto-gprd-sector-publico
  • Brown, T. (4 de junio de 2020). Why we need to keep talking about George Floyd. Recuperado el 6 de junio de 2020, de The Library of Economics and Liberty: https://www.econlib.org/why-we-need-to-keep-talking-about-george-floyd/
  • Butler, P. (31 de mayo de 2020). Filing charges in George Floyd’s death was the easy part. Now comes the hard part. Recuperado el 6 de junio de 2020, de The Washington Post: https://www.washingtonpost.com/opinions/2020/05/31/filing-charges-george-floyds-death-was-easy-part/
  • Chiu, A., Flynn, M., Shepherd, K., Armus, T., Knowles, H., Horton, A., . . . John, W. (5 de junio de 2020). After solemn memorial, mourners gather around the country to remember George Floyd. Recuperado el 6 de junio de 2020, de The Washington Post: https://www.washingtonpost.com/nation/2020/06/04/george-floyd-protests-live-updates/
  • Dwyyer, D. (4 de junio de 2020). ‘Qualified immunity’ for police getting fresh look by Supreme Court after George Floyd death. Recuperado el 6 de junio de 2020, de ABC News: https://abcnews.go.com/Politics/police-immunity-rule-fresh-supreme-court-george-floyd/story?id=71044230
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  • Tyler, R., Luban, S., & Driscoll, S. (4 de junio de 2020). Police Use of Force, Training, and a Way Forward After the Death of George Floyd. Recuperado el 5 de junio de 2020, de Stanford Law School: https://law.stanford.edu/2020/06/04/police-use-of-force-training-and-a-way-forward-after-the-death-of-george-floyd/

Sobre el Autor:
Elda María Ríos Díaz


Líder Regional de Proyectos
Especialista en PbR-SED

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